El grupo de estudios lingüísticos sanmarquino “Gretal” está que organiza un primer simposio de lingüística cognitiva con la participación especial de Iraide Ibarretxe, profesora de la Universidad de Zaragoza. Me parece una excelente oportunidad de dialogar con está excelente profesora y humanista, a quien tuve el agrado de leer un par de artículos suyos para mi articulo: “Lectura, humanismo y desempleo” en el homenaje que se le hizo al profesor Ángel López.

Aquí dejo este par de artículos que me gustaron, aunque sobre lexicografía y lingüística cognitiva parece ser un modelo más que debemos de poner en práctica, pues la basta labor de la lexicografía tradicional muestra que es una labor casi imposible lo que proponen estudios fuera de su campo de acción.









Ibarretxe-lexicografia-lingcog-10


Aquí les dejo el formato que deberán descargar y llenarlo, bien si participan como ponentes, o bien como asistemtes; seguidamente adjunten el archivo al mensaje y envíenlo al correo de gretal: ggretal.unmsm@gmail.com


De Varennes en el Congreso de la República

El 26 de mayo en la Sala Quiñones del Congreso de la República se llevó a cabo la conferencia magistral de uno de los mejores expertos en derechos lingüísticos del mundo, el Dr. Fernand de Varennes. Como siempre cuelgo el video de la conferencia para resaltar después los puntos más importantes de la ponencia, dando algunas apreciaciones al respecto.

De Varennes e Hilaria Supac (Fuente: Miryam Yataco)


El canadiense Fernand de Varennes es reconocido internacionalmente por sus investigaciones en los campos de los derechos humanos y lingüísticos y de los conflictos étnicos y de minorías, entre otros. Ha trabajado en numerosas organizaciones, como el Grupo de Derechos de las Minorías de las Naciones Unidas, la Unesco o el Alto Comisionado de Minorías Nacionales de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y ha impartido clases sobre derechos lingüísticos en una decena de instituciones de todo el mundo. Varennes también fue director del Centro Asia-Pacífico de Derechos Humanos y Prevención de Conflictos Étnicos y miembro fundador y responsable editorial de la revista Journal on Human Rights and the Law. Como reconocido experto mundial sobre los derechos lingüísticos, ha escrito dos obras de referencia en este campo: Language, Minorities and Human Rights (1996) y A Guide to the Rights of Minorities and Language (2001). El año 2004 el Instituto Linguapax de Barcelona le otorgó un premio por la dedicación a la promoción de la diversidad lingüística y tiene el prestigioso galardón Tip O'Neill Peace Fellowship del INCORE de Derry, Irlanda del Norte. (Extraido de la Universitat Oberta de Catalunya [02/06/08])









De Varennes empezó mostrando qué clases de derechos de uso de la lengua poseen los pueblos indígenas. Estos derechos en términos prácticos cuando son aplicados, significa:

1. Identificar las categorías de los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas en el contexto del derecho internacional.

2. Describir los derechos lingüísticos en estas categorías.

3. Explicar lo que estos derechos suponen o significan en sus prácticas aplicaciones reales dentro de la pragmática diaria.


Se explicó el porqué es tan importante hablar de ”ley” cuando se hace referencia al uso de la lengua, con mención especial para Sudamérica. Por ejemplo, el Colegio de Santa Cruz (México) desde 1536 se destacó por ser un colegio para estudiantes y sacerdotes indígenas, donde se impartían clases en tres lenguas: castellano, náhuatl y latín; este programa de educación fue exitoso, pues se dio la primera gramática Nahuatl (1547) —tres años antes de que se publique la primera gramática francesa. Sin embargo, el gobierno español cortó el apoyo al colegio en 1605 y se mantuvo inactivo el desarrollo tan óptimo de esa labor. Así somos herederos de una legislación y política colonial española nacionalista que muestra así que no es un fenómeno natural.
Ya en 1692 el rey Carlos III promulgó un decreto real para sus territorios, prohibiendo el uso de cualquier otra lengua que no fuera el castellano.

Cito: Real Cédula de Carlos III (10 de mayo, 1770)

“Por quanto el Muy reverendo Arzobispo de Mexico me ha representado, en Carta de veinte y cinco de Junio del año próximo pasado, que desde que en los vastos Dominios de la América se propagó la Fe Catholica, todo mi desvelo, y el de los señores reyes, mis gloriosos predecesores, y de mi consejo de las Indias, ha sido publicar Leyes, y dirigir Reales Cedulas a los Virreyes, y Prelados diocesanos, a fin de que se instruya a los indios en los Dogmas de nuestra Religión Castellano, y se les enseñe a leer, y escribir en este Idioma, que se debe entender, y hacer único, y universal en los mismos Dominios, por ser el propio de los monarcas, y conquistadores que cada uno en la parte que respectivamente le tocare, guarden, cumplan y executen, y hagan guardar, cumplir, y executar puntual, y efectivamente la enunciada mi real resolución, disponiendo, que desde luego se pongan en practica, y observen los medios , que van expresados, y ha propuesto el mencionado muy reverendo Arzobispo de México, para que de una vez se llegue a conseguir el que se extingan los diferentes idiomas, de que se usa en los mismos dominios, y solo se hable el Castellano como esta mandado por repetidas Leyes Reales Cedulas, y ordenes expedidas en el asunto, estando advertidos de que en los parages en que se hallen inconvenientes en su practica deberán representármelo con justificación, a fin de que en su inteligencia, resuelva lo que fuere de mi Real agrado, por ser assi mi voluntad. Fecha en Aranjuez a diez de Mayo de mil setecientos setenta


YO EL REY

Dup.do para que en los Reynos de las Indias, Islas adjacentes, y de Philipinas, se pongan en practica, y observen los medios que se refieren, y ha propuesto el Arzobispo de Mexico, a fin de conseguir que se destierren los diferentes Idiomas que se usa en aquellos Dominios, y solo se hable el Castellano».”

Sin embargo, como se puede contrastar en la actualidad, aún se hablan muchas lenguas minoritarias; ello demuestra que la legislación real no fue tan exitosa, pero que sin embargo, como es sabido que las lenguas se extinguen no sólo cuando mueren sus hablantes, sino cuando se dejan de hablar, esta política real ha mermado el uso de la mayoría de lenguas indígenas.


Cuadro 1: Escala de lenguas que desaparecen a nivel mundial
Cuadro 2: Áreas geográficas con lenguas en peligro de desapercer


Ahora bien, existen tres categorías de derechos lingüísticos (incluidas en el derecho internacional)


Pero, primero, ¿qué incluye el derecho internacional?

El derecho internacional incluye los tratados celebrados por los gobiernos por diferentes razones en el tiempo, y debido a esto, algunas cuestiones lingüísticas de interés mundial han sido de gran intereses para el Derecho Internacional.

Las tres categorías de derechos de las lenguas que contempla el derecho internacional son:


A) Tratados solapados que protegen indirectamente a las lenguas en peligro de extinción.

Por ejemplo, en este rubro se halla la Convención Internacional para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO de 1972. Esta Convención activa los derechos lingüísticos cuando está en peligro el número de individuos por diversas causas. Sin embargo señalo un par de sus artículos que me parecen relevantes:

2. El «patrimonio cultural inmaterial», según se define en el párrafo 1 supra, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:

a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b) artes del espectáculo;
c) usos sociales, rituales y actos festivos;
d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
e) técnicas artesanales tradicionales.

3. Se entiende por «salvaguardia» las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión -básicamente a través de la enseñanza formal y no formal- y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos.











B) Tratados que protegen todas las lenguas en general

Estos tratados protegen a todas las lenguas en general que se desarrollan en situaciones multilingüísticas principalmente. Destaca la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias (1992)









C) Tratados de derechos humanos con consecuencia en el uso de la lengua

Estos tipos de tratados protegen las lenguas y estipulan o hacen hincapié en que la educación sea en L1 (lengua materna) y que los docentes sean hablantes o bien competentes en la L1, cuando el contexto sea de bilingüismo. Un ejemplo son las políticas lingüísticas de la lengua Maorí de Nueva Zelanda, de algunas lenguas del norte de América y de Canadá, etc.


¿Cómo se elabora una política lingüística?


Ahora bien para acabar, daré algunos alcances sobre lo que se entiende por planificación lingüística y por derechos lingüísticos y políticas lingüísticas, a la vez que los relacionaré.

Por medio de la planificación lingüística se puede crear políticas lingüísticas, exitosas o no; estas últimas esconden ciertas características —que ya mencionaré— que permite identificar el respecto o la violación de los derechos lingüísticos.

Así una planificación lingüística deberá considerar la siguiente relación que presento en este esquema (tomado de Einar Haugen, citado por Moreno Fernández [1998: 332])



Cuadro 3: Fases de la planificación lingüística


Es decir, primero se selecciona el objeto de planificación, i.e., una lengua o variedad entre varias por ejemplo, dentro de una comunidad concreta, seguidamente se pasa a la estandarización del código lingüístico: crear una gramática, una ortografía y un vocabulario.

Ya en la implantación se da el proceso de evaluación, que tiene que ver con la instrumentación adecuada que consta de las dotaciones de fondos de los organismos sociales que avalan la planificación y que hacen las revisiones del caso para promulgar la ley o política. Y por último se pasa a la elaboración que consta de una serie de adecuaciones a las necesidades de comunicación y revisiones si es que el resultado no es el esperado.


Sin embargo existe un punto de vital trascendencia para identificar si una política lingüística transgrede o no los derechos lingüísticos: una planificación lingüística se elabora con una determinada orientación, bien para institucionalizar una lengua, para ampliar los dominios de ésta, o bien para sustituirla. (Fishmann 1974)

Bien, como sabemos los resultados de una determinada política lingüística se visualizan básicamente en la educación, por ello la planificación lingüística se orienta hacia estos elementos difusores.

Cuando se elabora un programa de enseñanza en contextos bilingües se considera los elementos del siguiente esquema:

Cuadro 4: Consideraciones para la elaboración de un programa bilingüe



Además de estos factores determinantes:




Cuadro 5: Desiciones y planes que afectan a la enseñanza de lenguas






Conociendo los esquemas presentados se puede determinar una adecuada planificación lingüística que responda a las siguientes preguntas:

1. QUÉ lengua o lenguas (Esta tarea corresponde al nivel político y lingüístico)

2. CUÁNTAS horas (Esta tarea corresponde al nivel lingüístico)

3. EN QUÉ lengua (Labor conjunta del nivel político y lingüístico)

4. CÓMO y POR MEDIO DE QUÉ asignaturas realizar la enseñanza (Conociendo el contexto social y cultural, corresponde esta tarea a la pedagogía y psicolingüística)


Pero… ¿Qué comprenden los derechos lingüísticos?



Cómo señalé, a través de ciertos elementos constituyentes de las políticas lingüísticas plasmadas básicamente en los planes de educación podemos llegar a conocer la esencia correcta o no de una buena o mala planificación lingüística. Pero, ahora veamos cual es la ontología de los derechos lingüísticos:

1. El derecho a identificarse con su propia lengua

2. Es usar la lengua en contextos sociales y políticos relevantes (como la educación y la administración)

3. Posee una serie de recursos para que un plan (lingüístico) sea posible. (Hamel 1995: 79)

Así los derechos lingüísticos forman parte de los derechos humanos fundamentales, tanto individuales como colectivos. Sin embargo, debemos considerar estos dos aspectos fundamentales (individual y colectivo); cuando se habla de un nivel individual que protege los derechos lingüísticos se refiere a identificarse de MANERA POSITIVA con la lengua y que los demás respeten esta condición. Así como índica Hamel (1995: 12) este nivel implica como derechos fundamentales:

a) El derecho de cada individuo a aprender y desarrollar libremente su propia lengua materna.

b) A recibir educación pública a través de ella.

c) A usar la lengua en contextos oficiales socialmente relevantes.

d) A aprender por lo menos una de las lenguas oficiales de su país de residencia.



A nivel colectivo los derechos lingüísticos protegen a las comunidades lingüísticas; éstos comprenden los siguientes derechos fundamentales:

a) El derecho colectivo de mantener su identidad y alteridad etnolingüísticas.

De Varennes en una parte de su ponencia mencionó algo fundamental en torno a la labor que tienen que cumplir los gobiernos en materia de derechos lingüísticos; así a éstos les corresponde la iniciativa de hacer posible la comunicación en las comunidades lingüísticas. Así sostiene Hamel (1995: 14) —distingue a través de dos categorías propias del lenguaje, la ubicación de los derechos lingüísticos—:

“Como medio de expresión en abstracto, es decir, como el derecho a hablar (Turi, 1989, 1994), el derecho al lenguaje forma parte de los derechos humanos fundamentales, al igual que el derecho a la libertad de conciencia, religión, creencia u opinión, ya que éstos se consideran atributos naturales de todo individuo. Cuando se refieren a la función de comunicación que tiene el lenguaje, en cambio, los derechos lingüísticos pierden su carácter absoluto, de derechos fundamentales, y se asocian más bien con la categoría de derechos económicos, sociales y culturales (cf. Braën 1987: 16) que tienen que ser creados por una iniciativa del Estado. Los derechos fundamentales pueden ser ejercidos por un individuo, mientras que no es concebible implementar los derechos lingüísticos a una comunicación adecuada en ausencia de una comunidad lingüística”.


Sin embargo, también señaló De Varennes el cuidado que se debe tener al hablar de las minorías y la conveniencia o no de los gobiernos de otorgarles sus derechos lingüísticos de colectividad. Sobre esta reticencia, muestro un pasaje de Hamel (1995: 16):


“El hecho de que no exista consenso ni en la Organización de las Naciones Unidas ni en los demás foros internacionales sobre la definición jurídica de una minoría o de una lengua refleja el problema de fondo que entorpece el debate: en su gran mayoría los Estados nacionales se oponen a reconocer el carácter de pueblo o nación a sus minorías étnicas originarias y a concederles derechos colectivos, ya que, según la opinión dominante, un reconocimiento de este tipo pondría en riesgo el carácter unitario de la ley y el modelo de Estado-nación homogéneo; podría inclusive crear conflictos y guerras étnicas y debilitar la soberanía nacional. En muchos casos esta amenaza es un mito que las clases dominantes usan para impedir que las minorías obtengan derechos lingüísticos y de otro tipo. Hay que reconocer, sin embargo, que la conquista de derechos y el acceso a recursos para ejercerlos puede constituir una amenaza para un determinado status quo y los privilegios de las clases dominantes, particularmente en Estados no democráticos”


Teniendo conciencia de qué son los derechos lingüísticos en esencia podemos juzgar de alguna manera las políticas lingüísticas. Sin embargo, avancemos un poco más en cómo identificar el uso correcto o no de las planificaciones lingüísticas. Como se observó en el cuadro tres, necesitamos enfocarnos en una(s) lengua(s) de una comunidad concreta, por ejemplo en un contexto bilingüe debemos observar las practicas lingüísticas concretas en que se usa(s) y reproduce(n) las lengua(s): los eventos comunicativos de contacto, las situaciones de conflicto, de discriminación y subordinación y los procesos de desplazamiento y resistencia (Hamel 1995: 79), tal como lo muestra el cuadro cuatro.

Es así que gracias a estas percepciones se crean planificaciones lingüísticas que no violan los derechos lingüísticos (individuales y colectivos) y que pueden constituirse, a posteriori, en sólidas políticas lingüísticas.

Mesa redonda sobre el Diccionario de Americanismos




El sábado 22 de mayo en la Unidad de Posgrado de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se realizó una mesa redonda sobre el Diccionario de americanismos (por no decir, una mesa de contra respuestas en torno a críticas surgidas por estudiosos) dirigida por el Director de la Academia Peruana de la Lengua Marco Matos y con la participación especial de Julio Calvo. Presentaré a continuación los videos y luego haré una apreciación.






Rosa Carrasco y María del Carmen La Torre






Juan Quiróz y Julio Calvo



Esta mesa ha respondido a las críticas surgidas en contra de la Academia Peruana de la Lengua por criticar a la Academia matritense de no aceptar una considerable parte de peruanismos. Es de saber, que las críticas no sólo han estado del lado de España, con el cubano Humberto López Morales quien atribuye total responsabilidad a la mala organización del equipo trabajo de nuestro país, sino también en nuestro contexto, al lado del andinista Cerrón-Palomino quien atribuye que es una gran obra lexicográfica pero que aún deja mucho que desear y que sólo es una primera etapa experimental que espera pronto ediciones mejoradas.

Sin embargo creo que las críticas de Humberto López Morales han sido bien recibidas por el equipo peruano, pues asumen la total responsabilidad de lo sucedido, pero como recalca uno de los ponentes: “en una obra de gran magnitud, donde trabajan todas las academias que la constituyen, no se le puede echar la culpa de estos errores al director”.

Pero nuevamente existe cierta sospecha sobre qué criterios existieron para la selección de los corpus del equipo peruano. Y creo que las sospechas están bien fundamentadas, pues no se puede explicar cómo se han aceptado (la Academia de Madrid) ciertas entradas de peruanismos y no otras, asimismo sobre las correcciones de determinadas entradas para unos casos, pero no para otras si se basan en los mismos criterios de análisis lexicográfico.

No existieron muchos reclamos sobre el tratamiento especial de las marcas diatópicas, pues por ser un trabajo colectivo en la que no hay manera de reunir a todos los integrantes de los equipos de trabajo de las 22 Academias es muy abstruso llevar acabo un análisis minucioso. Aquí también concuerdo que mucho mejor es que este la entrada o la acepción a que sólo no este la marca diatópica “Perú”.

Creo que Julio Calvo es muy sesudo en decir algo muy importante y que creo que finiquita la discusión sobre la afronta peruana y matritense “hay que ver la contribución de la obra de manera general, y no tan dialecticamente”.

Dr. Fernand de Varennes experto en Derechos Lingüísticos visita el Perú




¿Cuánto sabemos los peruanos sobre nuestros derechos lingüísticos? ¿Cuánto somos conscientes de los derechos que nos amparan y que protegen nuestro ejercicio de poder hablar nuestra lengua materna libremente?

La llegada desde Australia de quien es en este momento considerado uno de los expertos en derechos lingüísticos más importantes del mundo nos trae a colación estas preguntas. La visita del Dr. Fernand de Varennes al Perú es fundamental para que tomemos conciencia de esta información tan valiosa; esto incluye a los que tenemos como lengua materna el castellano y para los peruanos cuya lengua materna es una de las muchas lenguas originarias del país.

El Dr. De Varennes es jurista y catedrático universitario en la Universidad Murdoch en Australia. En el año 2004 recibió el Premio Linguapax (Barcelona, España) como reconocimiento a su excepcional trabajo en el ámbito de la diversidad lingüística y la educación multilingüe. Ha trabajado en numerosas organizaciones como en el Grupo de Trabajo de Derecho de las minorías de la ONU, la UNESCO y el Alto Comisionado para la Minorías de la OSCE. Fue Director del Asia-Pacific Centre for Human Rights and the Prevention of Ethnic Conflict y Editor Jefe Fundador del Asia-Pacific Journal on Human Rights and the Law. Asimismo, obtuvo la prestigiosa Beca de la Paz Tip O’Neill en la INCORE (Iniciativa para la Resolución de Conflictos y Etnicidad) en Derry, Irlanda del Norte, y fue nominado en 2004 para el Premio Gwangju de Derechos Humanos (Gwangju, Corea del Sur).

El Dr. de Varennes es conocido internacionalmente por su trabajo de investigación en derecho internacional, derechos humanos, minorías y conflictos étnicos, y ha trabajado con numerosas organizaciones internacionales como el Grupo de Trabajo de los Derechos de las Minorías de la ONU, la UNESCO y el Alto Comisionado para las Minorías Nacionales de la OSCE. Es miembro consultor de numerosos centros de investigación y revistas de todo el mundo. Ha impartido clases en muchas instituciones de distintos países, como Universidades en Tokio, Japón; en Katmandú, en Manado, Indonesia; en Corea del Sur; en Pretoria, Sudáfrica; en Bolzano, Italia; Bilbao, Pécs en Hungría; la Sorbonne en París, Francia; en Sarajevo, Bosnia; y en Finlandia.

Ha publicado cinco libros y más de sesenta artículos e informes científicos. Sus principales publicaciones incluyen una serie de informes para Minority Rights International sobre las minorías del Sudeste Asiático, Asia Central y el Este de Asia, así como un informe de la UNESCO sobre los derechos de los trabajadores migrantes. En la actualidad, está trabajando en un nuevo libro sobre derechos lingüísticos y en una serie de tres volúmenes sobre los conflictos étnicos e internos en el mundo. Sus trabajos han sido publicados en veintitrés idiomas (albano, armenio, azerí, catalán, inglés, farsi, francés, georgiano, alemán, húngaro, indonesio, irlandés, kurdo, japonés, letón, macedonio, romaní, rumano, ruso, esloveno, español, sueco y turco).

El Dr. de Varennes se erige en este momento como uno de los juristas expertos en Derechos Humanos Lingüísticos más importantes del mundo. El motivo de su visita es inaugurar el Segundo Diplomado en Derechos Indígenas, Interculturalidad y Medio Ambiente. Sus dos conferencias magistrales se llevaran a cabo la primera en el Congreso de la República en Lima "Los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas a la luz del Derecho Internacional" y la segunda conferencia magistral será el 28 de mayo en Cusco, en el Museo Inka a través de la Universidad San Antonio Abad del Cusco, y llevara como titulo Lengua y Poder: La importancia de los derechos lingüísticos para las poblaciones indígenas. Las gestiones para traer al experto han sido hechas por la profesora de la Universidad de Nueva York Miryam Yataco quien es consultora internacional en temas de EIB y derechos lingüísticos.

Para mayor información sobre la presencia del Dr. De Vareness en América del Sur y en el Perú contactar a Miryam Yataco al 9-9247-3551 o a la dirección electrónica derechoslinguisticos@yahoo.com

Presentación del libro Decir y callar. Lenguaje, equidad y poder

De izquierda a derecha: Ricardo Cuenca, Pepi Patrón, Fidel Tubino, Gavina Córdova y Virginia Zavala


Fuente: Phd. Miryam Yataco

Aquí la presentación del libro Decir y callar. Lenguaje, equidad y poder en la universidad peruana





Palabras de las autoras: Virginia Zavala y Gavina Córdova


Daré alguna apreciación y una reseña de este libro que acabo de terminar de leerlo. Las primeras impresiones que saltan a la luz son dilemas imperantes que envuelven a todo el texto: ¿Es mejor estar callado ante las problemáticas de los “otros” -que nos concierne a nosotros mismos, en realidad-? ¿Es apropiado hablar, protestar, defender una autonomía no propia?, con relación a nosotros; ¿por qué callar y desconocer mi particularidad como ser humano: mi lengua, mi cultura, mi religión y mi género? Pero... y si hablo con “mote” éllos terminarán por búrlarse de mi ¿Acaso volverme académico será la solución para que no me marginen? (mito de la educación superior), preguntas que se formular a sí mismos los estudiantes provincianos.

En un artículo de Pepi Patrón “La universalidad de los derechos y la particularidad de los deberes”. En una sociedad en la que se habla de “derechos de respeto al otro" resulta una farfulla para cualquier individuo; si es que los derechos no se encuentran encaminados por deberes que impliquen “compromiso”, “acción" y “fortalecimiento”, el camino que se busca como ideal, será imposible. Creo, como Patrón, que si no hay internalización de este principio, no se puede hablar de la búsqueda de equidades para el bienestar social y mucho menos sería posible este ideal con un Estado “mínimo” (pasivo). Entonces pues, partamos desde este punto.

Cuando leía un articulo de James Crawford en “La educación bilingüe en Estados unidos: política versus pedagogía”, me surgió un cuestionamiento al respecto de la ideología sociolingüística en la educación bilingüe: ¿serían acaso incongruentes políticas que favorezcan la educación bilingüe como intrumentos de integraciòn de nuevos patrones lingüísticos, pragmáticos y culturales de una lengua no materna, sólo con el fin de garantizar el acceso beneficioso a un sistema sociocultural ajeno? Creo que sí es beneficioso, pero ¿no implicaría el deshapego de lo propio, de lengua y cultura? Así veo que el libro de Zavala y Córdova? Dan cuenta de este dilema y proponen practicas letradas contextualizadas y demás. Aquí mi reseña:

El objetivo del HATUN ÑAN es criticar y superar el racismo y la incapacidad de reconocernos como sociedades plurilingües y pluriculturales. Una manera de lograrlo es que los estudiantes internalicen lo “apropiado” para cada contexto. En el texto se presenta un estudio de caso en las universidades de San Cristóbal de Huamanga (Ayacucho) y San Antonio de Abad (Cusco), donde resaltan los casos de Emilia y Félix, dos estudiantes de Derecho y Literatura, respectivamente.


En el caso de Emilia, se presenta una tensión entre el discurso que ella valora y que cree la manera más apropiada para llegar a un conocimiento correcto —hallándose este conocimiento en la experiencia personal y observacional— y lo que la comunidad académica cree como correcto; a saber, el conocimiento proveniente de un conjunto de voces (autoridades) que respalda la voz del autor. Así lo que hace Emilia para liberar sus emociones reprimidas y dejar en paz esa “pelea” que hay en su mente, es producir “textos autogenerados” –en un diario académico en la que expresa su voz en oposición a las voces de autoridad—. En este punto como bien acota Zavala, la confusión que tiene sobre cómo articular su voz con las voces de las autoridades, no se deriva de la falta de familiaridad con el texto académico —por que estos estudiantes si leen y estudian—, sino de la poca aclaración que brindan los docentes sobre el tema.


Seguidamente, en el caso de Félix se muestra la misma tensión que Emilia, pero ahora con la tensión que existe en encubrir el lenguaje académico con un lenguaje poético que —según Félix— es una manera más linda de volver el lenguaje académico, que es tan frio y seco que “no da ganas de hacerlo” que, además, no se reciben respuestas adecuadas por parte de los profesores del porqué debería escribirse de una manera académica y no de la otra manera. Así se hace hincapié que el profesor debe evitar usar “practicas institucionales del misterio” y que haga explicito los objetivos que tienen cada practica letrada, y no asumir que las prácticas letradas son de “sentido común” ya que la realidad cultural y lingüística del contexto en que laboran (Universidad) es diversa. Es decir, se debe enseñar la literacidad académica de un modo más explicito para que estos no adquieran un proceso lleno de conflictos y tensiones dentro del texto.


Así es de gran contribución debelar este misterio institucional “mostrando que las prácticas letradas buscan formar identidades para mejorar el proceso de socialización. Asimismo, se debe considerar que las prácticas letradas son “maneras culturales” y recalco “culturales”, i.e. cada cultura posee practicas letradas particulares, y que no deben ser vista como de sentido común, esto es, como una única manera de aproximarse a los textos. Una de las ideas siguientes que presentan las autoras es culminante al puntualizar en qué es en lo que se debe prestar principal atención. Cito:


“No basta con tener habilidades de codificación y decodificación, sino que es importante aprender a usar las practicas letradas involucradas y, sobre todo, comprender el sentido, que estas adquieren en estos espacios [sociales]” (Zavala 2010: 134)


Unas reflexiones finales al respecto es ver que estar en la universidad supone interactuar con perspectivas diversas y ello es hacer un espacio académico más democrático (“descolonizando la universidad”) y también ampliar el campo de la ciencia moderna occidental para permitir el ingreso de dominios prohibidos como el de las emociones, la intimidad, el sentido común, el conocimiento ancestral y la corporalidad y, por tanto, examinar lo que cuenta como conocimiento relevante dentro y a través de las disciplinas para “abrir” las convenciones de la escritura académica a nuevas formas de significar. (Zavala 2010: 151)


Otro temor que posee el estudiante es sobre el racismo que existe al estar dentro de la universidad, cuando ellos justamente ingresan a estas pensando en adquirir un determinado “status” social para no ser excluidos y que les origina conflictos emocionales y lingüísticos. Por este motivo, la ideología colonialista recurrente pretendía —y que aún se mantiene— era lograr el “sueño de nivelación” que estipula que el desarrollo de la evolución académica se da sólo por un camino (política unilingüe hegemónica en unos contextos, política bilingüe asimilacionista, en otros). Así el programa Hatun Ñan pretende como desafío estar alertas ante estas políticas.
Aunque empecé desde el final esta reseña, lo hice con la intención de comprender algo que me pareció contradictorio cuando llegué a las últimas páginas del presente libro. Cito:


“Por lo tanto, en lugar de asumir una perspectiva critica para deconstruir las ideologías que los posiciona como “inferiores” los estudiantes han internalizado un discurso de “lo apropiado” para contexto (Fairclough 1995), que muchas veces no los ayuda a entender las causas estructurales de la problemática de la discriminación […] Este discurso de lo apropiado o lo correcto” para cada espacio merma la posibilidad del ejercicio de la ciudadanía, al afectar la actuación espontanea de las identidades y, por lo tanto, coaccionar la libertad personal y colectiva”. (Zavala 2010: 44)

Creo que no es malo adaptar el comportamiento lingüístico al contexto, sino resulta grave adaptarse a este a causa de inequidades de índole racista. Así las autoras muestran cómo se atribuye esta práctica a un fenómeno tan natural en el aprendizaje de segundas lenguas: el motoseo. Así pues, una manera de adquirir nuevos espacios para la constitución del quechua, viene determinada por la manera cómo se analiza los espacios situacionales en los que se muestra un mínimo de discriminación y, partir de aquí, trabajar en la constitución de prácticas de revaloración lingüística. Opino que es interesantísimo este punto, así por ejemplo las autoras muestran una serie de juegos lingüísticos, como las bromas en las que se muestra un mínimo de racismo.


Bibliografía

Crawford, James

2005 "La educación bilingüe en Estados Unidos: Política 'versus' pedagogía". La educación plurilingüe en España y América. Madrid: Editorial Dykinson.

Patrón, Pepi
2000 “Universalidad de los derechos y particularidad de los deberes”, La filosofía del siglo XX. Balance y perspectivas. Lima: Fondo Editorial de la PUCP.

Actividades académicas

Sinopsis

El libro trata sobre las imparcialidades que se construyen en torno al lenguaje en la Universidad Nacional San Antonio de Abad, en el Cusco; y en la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, en Ayacucho. Se estudian las conflictos en torno al motoseo, del uso del quechua y de la escritura académica para demostrar como todas ellas sirven de base para generar graves exclusiones entre los estudiantes.

Definiendo
al lenguaje como aquella instancia que provee de un conjunto de recursos y prácticas que se encuentran ideológicamente definidos, este trabajo muestra cómo, a partir de elementos lingüísticos, se camuflan categorías raciales y culturales y se desarrolla una discriminación que pasa mucho más desapercibida. Realizado en el marco del programa de acción afirmativa HATUN ÑAN, este estudio busca poner en la agenda académica y política la importancia de los usos del lenguaje al interior del debate sobre la necesidad de la interculturalidad en la educación superior.



Humanizando las disciplinas

Lectura, humanismo y desempleo


Resumen


Este sucinto ensayo a modo de artículo científico tiene por objetivo demostrar la íntima relación “lectura, humanismo y desempleo”, así como desmentir algunos dilemas entorno a ciertas falacias de esta asociación, mediante un análisis teórico contrastivo de diversos textos. Se demostrará en base a algunas investigaciones realizadas por estudiosos, que con una lectura selecta no impuesta como obligación, con una sólida ayuda pedagógica y el deseo de aprender del educando se puede hacer explícito lo implícito: el ideal humanístico, con el fin de acabar con la incultura humanística. Una manera de elaborarlo es considerar que dentro de las tipologías textuales se esconden intensiones que, si se les da un contenido humanístico futurístico, es posible romper de raíz con la mayoría de lecturas de los educandos que los condicionan a formar una motivación extrínseca de índole utilitarista. Además, se demuestra la utilidad que han ejercido las nuevas tecnologías y los aportes de otras disciplinas teóricas o experimentales en una disciplina en particular, la lingüística, que fundamenta el ideal humanístico integrador, facilitando una sólida conciencia reflexiva permanente, ello cómo imperativo que debe ser cultivado y que van de acuerdo a las exigencias de un mundo cada vez más tecnocratizado.

Palabras clave: Conflicto de las humanidades, enseñanza de lenguas, lingüística educativa.